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Entrada en vigencia del sistema de notificaciones electrónicas en la Justicia Nacional y Federal


Luego de ser postergado sucesivas veces, hoy 2 de mayo, siendo el primer día hábil, entra en vigencia la implementación definitiva de las cláusulas previstas por Acordada 3/2015 en toda la Justicia Nacional y Federal que reglamenta el sistema de domicilio y notificaciones electrónicas.


Tengamos presente que la Acordada 3/2015, fue dictada a modo de ordenar todos los textos sobre el tema.

Para acceder a un resumen de las características principales del sistema,  te recomendamos el post que escribió el Dr. Mariano Oromendia sobre el tema  "Notificaciones electrónicas en CABA: plena vigencia a partir de hoy". 

Adicionalmente, al acceder el sistema aparece el siguiente texto: 

Estimado Profesional:
A partir del día de la fecha entra en vigencia la Acordada CSJN 3/15. Esto implica una serie de nuevas funciones en el Sistema de Gestión Judicial que deben considerarse para un mejor desempeño de su actividad.
Nuevo Portal: Se ha desarrollado un nuevo Portal del Profesional que unifica los accesos a las distintas funciones y despliega inicialmente a modo de Bandeja de Entradas las Notificaciones Electrónicas recibidas y las novedades en los Expedientes marcados como “Favoritos”. Luego, podrá acceder a las distintas funciones que corresponden a la gestión a través de los botones dispuestos a tal efecto.
Notificaciones Electrónicas: A partir de hoy todas las causas en trámite se encuentran incluidas en esta modalidad. Para ello si no lo hubiera hecho antes, deberá denunciar en el primer escrito que presente en el expediente la Identificación Electrónica Judicial, representada por su CUIL/CUIT. Se recuerda que puede incorporarse al sistema como domicilio electrónico exclusivamente el correspondiente al Letrado designado en la causa.
Copias Digitales: Se encuentra vigente conforme lo dispuesto por Acordada 11/2014. Se aplicará todos los actos procesales de los expedientes en trámite y las copias subidas por los letrados tendrán carácter de declaración jurada en cuanto su autenticidad. El ingreso deberá concretarse dentro de las 24hs de presentación del escrito en soporte papel y eximirá de presentar copias en papel. Su incumplimiento acarreará el apercibimiento que la norma que lo exige establece.
Presentaciones de Mero Trámite: Su ingreso web eximirá de presentar el original en papel. La oficina judicial deberá dejar constancia en el expediente. Para acceder a esta función deberá ingresar a la opción “Ingreso de Copia de Documentos” y luego seleccionar el botón “Nuevo”. Allí en “Tipo de Escrito” podrá elegir entre “Copia de Escrito” y “Escrito de Mero Trámite”.

Libro de Notas: El Libro de Asistencia en papel se reemplazará por un registro digital dentro del Sistema. Para su operación deberá acceder al Sistema de Consulta de Causas, ingresar su usuario y contraseña –Iniciar Sesión- y luego seleccionar el expediente deseado de la Lista. Si la causa no se encontrare en estado “En Letra” y el acceso no se realizará un día martes o viernes entre las 7:30 hs a 13:30 hs, el sistema NO desplegará el botón que permite registrar la Nota. Usted podrá verificar que la Nota se ha registrado correctamente accediendo en la Consulta a la causa en cuestión, pudiendo visualizar el registro realizado en la pantalla de actuaciones.


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