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¿Cuáles son las causales de Excusación y/o Recusación?


Las designaciones de oficio son irrenunciables, bajo apercibimiento de remoción, salvo que mediaren causales de justificación aceptadas por el juez, las cuáles son las mismas que para él, siendo las siguientes:

1. El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes o sus letrados.

2. Tener el perito o sus consanguíneos o afines dentro del grado expuesto en el párrafo anterior, interés en el proceso.

3. Tener el perito pleito pendiente con alguna/s de las partes.

4. Ser el perito acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, excepto bancos oficiales.

5. Ser o haber sido el perito autor de denuncia o querella contra alguna de las partes, o denunciado o querellado por alguna de las partes con anterioridad.

6. Haber emitido dictamen u opinión o haber dado recomendación el perito a las partes acerca de cuestiones del proceso.

7. Haber recibido beneficios de alguna de las partes.

8. Tener el perito con alguna de los litigantes amistad o frecuencia en el trato.

9. Tener amistad, enemistad, odio con alguna de las partes que se manifieste.

Las causas de recusación del Perito son las mismas que las contempladas para la recusación del Juez (Art. 17 CPCC). 

De existir alguna de las causales mencionadas en los puntos que anteceden el perito tienen un plazo de cinco días de conocida la causal para excusarse, o bien, las partes pueden recusarlo por las mismas razones.

En el caso de recusación, el Juez, de oficio, reemplazará al Perito sin otra sustanciación. En los casos de excusación, se le dará traslado a las partes, pudiendo ellas aceptar la propuesta u oponerse a que el designado se desligue de la tarea asignada. El Juez deberá resolver la cuestión planteada.



6 comentarios:

Unknown dijo...

Hola:
He sido designada como perito en una causa pero me encuentro en licencia por enfermedad (reposo previo a la licencia por maternidad).

De acuerdo al modelo de escrito publicado, además de comunicarlo al Juzgado de Primera Instancia del Trabajo debería comunicarlo a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
i) Sería el mismo escrito pero dirigido a la Cámara?
ii) Debería presentar el certificado original tanto en la Cámara como en Primera Instancia?

Muchas gracias!

Unknown dijo...

Se puede recusar a un perito ya designado, por un clonflicto perssonal con el demandado que pidio la pericia por haber intentado el perito obtener un pago del solicitante de sus honorarios previos a la pericia alegando que sino no lo haria un informe favorable y condicionandolo a pagar otro importe igual al solicitado una ve practicada la pericia ( fue como una extorcion, la que se denuncio en sede penal

Anónimo dijo...

Hola, un saludo y agradecimiento a los amigos que a bien han tenido levar a cabo este foro de consulta beneficiando a la comunidad en general.

Mi pregunta es la siguiente:

En dos peritajes de las partes contendientes en un juicio civil en el Estado de México, si uno de ellos dictamina falsamente e induce con ello al juez a error y consecuencia a ello dicta el juez a un tercer perito colegiado en discordia, ¿Esto, es procedente? o ¿aplica la recusación para el tercero propuesto?

Yurodivi dijo...

Buena tarde, me asignaron para hacer pericial de violencia familiar a una de las partes, sin embargo previamente ya vi a la otra y ambos tienen doble calidad (victima-imputado), con que norma mexicana, internacional o argumento de objetividad me puedo excusar? Gracias de antemano

Yurodivi dijo...

Buena tarde, me asignaron para hacer pericial de violencia familiar a una de las partes, sin embargo previamente ya vi a la otra y ambos tienen doble calidad (victima-imputado), con que norma mexicana, internacional o argumento de objetividad me puedo excusar? Gracias de antemano

Elisabeth Vartuli dijo...

Buenas tades, me asignaron una pericia la que por las fechas se debe realizar el año próximo. Dado que es probable mudarme a otra jurisdicción no hice la inscripción para ejercer el 2019.
En el escrito para excusarme de tomar el cargo debo dar cuenta de esto o con solo decir por motivos estrictamente personales suficiente?, muchas gracias

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