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Actualización de créditos laborales por depreciación monetaria

La Cámara Nacional de Apelaciones de Trabajo a través del Acta 2600/14 y 2601/14 (del 07/05/2014) modificó lo establecido por el Acta CNAT 2357/02 (del 07/02/2002) y estableció que la tasa de interés aplicable sea la tasa nominal anual para préstamos personales libre destino del Banco Nación Argentina para un plazo de 49 a 60 meses, bastante superior a la anterior.

Atento a tratarse de una nueva tasa, tuvo que fijarse la fecha a partir de la cual debía aplicarse, estableciéndose a través del Acta CNAT 2601 (del 21/05/2014) que comienza a regir desde que cada suma es debida respecto de las causas que se encuentran sin sentencia y con relación a los créditos del trabajador. 


Pero es importante tener en cuenta que a partir del Acta CNAT 2630 (del 27/04/2016), y con motivo de la inexistencia de la tasa establecida, desde el 22/03/2016 se mantiene la última publicación de la tasa nominal anual vigente para préstamos personales libre destino del Banco Nación (Acta CNAT 2601) que asciende al 36%.

Para una mejor comprensión, recomendamos leer el siguiente post ¿Qué está pasando con la tasa activa del Banco Nación?

Cabe destacar que el Acta CNAT 2357/02 dispuso que a partir del 01/01/02 se aplicará a los procesos judiciales sometidos a su conocimiento la tasa de interés que resulte del promedio mensual de la tasa activa fijada por el Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento a 30 días. Para ver la Planilla difundida por la Prosecretaría General de la Cámara: Hacé click aquí.

Por su parte, el Acta CNAT 2658/17 establece que la tasa de interés aplicable es la Tasa activa, efectiva, anual y vencida, de la cartera general diversa del banco Nación. Dispone asimismo que comience a regir desde el 01/12/2017.

Luego, a través del Acta 2764/22 la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió mantener las tasas de interés establecidas en las Actas CNAT Nros. 2601/14, 2630/16 y 2658/17, con capitalización anual conforme el art. 770 inc. b) del Código Civil y Comerical, desde la fecha de notificación de traslado de la demanda.  


Herramientas disponibles:
Tener cuidado porque a la fecha únicamente la calculadora del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal contempla la forma de cálculo establecida por la reciente Acta CNAT 2764/2022.

Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
https://trivia.consejo.org.ar/ficha/510985-fuero_laboral._aclaraciones_referentes_a_las_tasas_de_interes_aplicables

Colegio Público de Abogados de la Capital Federal
http://tasas.cpacf.org.ar/cam/

Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires
http://www.colproba.org.ar/liquidaciones/index.php

Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires / Consejo de la Magistratura 
https://consejo.jusbaires.gob.ar/institucional/calculo-de-interes

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Resumen de evolución:

Tasa activa Banco Nación para préstamos personales libre destino 49 a 60 meses, s/Acta CNAT 2601/2014, desde fecha igual o superior al 07/11/2003 y hasta fecha igual o anterior al 22/3/2016.

Tasa s/Acta CNAT 2630/2016, desde el 23/3/2016 hasta el 30/11/2017.

Tasa activa efectiva anual vencida, cartera general diversa del Banco Nación - s/Acta CNAT 2658/2017, desde 01/12/2017.


La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, por medio del Acta N° 2764/2022, resuelve mantener las tasas de interés aplicables establecidas en las Actas CNAT N° 2601/14, 2630/16 y 2658/17con capitalización anual desde la fecha de notificación del traslado de la demanda, para aquellos créditos que no tengan un régimen legal en materia de intereses aplicable.


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Algunas consideraciones:

Aún es frecuente en el fuero laboral que la regulación de honorarios se realice conforme la ley anterior y consista en un porcentaje, siendo la base de su liquidación la suma del capital con más los intereses devengados desde que cada suma es debida hasta el momento de presentar la liquidación.

Es por esto que se recomienda estar atentos al leer la sentencia de primera instancia para controlar si el juez aplica el acta vigente, y apelar no solo el monto sino también la forma de actualizarlo.

¿Qué está pasando con la tasa activa del Banco Nación?


Hoy en día, a la hora de calcular los intereses sobre honorarios profesionales, los peritos y letrados contamos con algunas herramientas online sobre las cuales resulta necesario hacer una observación en particular.

Esta observación se debe a la modificación introducida por el el Acta C.N.A.T. 2630 del 27/04/2016 punto 2º, acta que ha pasado desapercibida ya que no se le ha dado publicidad y de hecho la noticia ni siquiera se encuentra hoy contemplada en los portales institucionales que nuclean a las profesiones.

Pero al margen de ello, lo importante es que esto implica partir en dos la liquidación de los intereses ya que hasta el 22/03/2016, debe utilizarse la Tasa Nominal Anual para Préstamos personales libre destino del Banco de la Nación Argentina para un plazo de 49 a 60 meses, dispuesta por el Acta C.N.A.T. 2601 del 21/05/2014 y partir del 23/03/2016 hay que utilizar la Tasa Nominal Anual vigente para préstamos personales libre destino del Banco Nación que asciende a 36%.

En consecuencia y en resumen, para calcular intereses hasta la fecha actual, hay que realizarlo en dos pasos:

1) Con la Tasa Nominal Anual para Préstamos personales libre destino del Banco de la Nación Argentina para un plazo de 49 a 60 meses hasta el 22/3/16 y
2) Y con Tasa Nominal Anual vigente para préstamos personales libre destino del Banco Nación que asciende a 36% desde el 23/3/16 hasta la fecha actual.

Si bien es una complicación numérica que puede mejorarse en las herramientas con las que contamos, la gravedad del tema radica en que la noticia no ha tenido la debida difusión necesaria para que todos los profesionales que actuamos en la justicia podamos tomar el debido conocimiento.

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