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Información importante sobre el uso del portal del Poder Judicial de la Nación


Estimado Profesional:

A partir del día 13 de junio, el acceso al Sistema de Gestión Judicial en todas sus funciones (Consulta de Causas, Notificaciones Electrónicas, Ingreso de Escritos, Nota, etc.) se podrá realizar exclusivamente a través del "Portal de Gestión de Causas del Poder Judicial"http://portalpjn.pjn.gov.ar
En ese orden los ingresos a distintas aplicaciones desde la página del Poder Judicial http://www.pjn.gov.ar/ se reordenarán con las siguientes opciones:
  • Registración de Nuevos Usuarios
  • Procedimiento Recupero de Contraseña
  • Portal de Gestión de Causas del Poder Judicial
  • Inscripción a los Concursos
  • Inscripción de Peritos
  • Tutoriales
  • Contáctese
Si usted tiene en su escritorio o explorador un acceso directo a alguna función de las mencionadas, por favor actualícelo en base a la información precedente.

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A partir del día de la fecha entra en vigencia la Acordada CSJN 3/15. Esto implica una serie de nuevas funciones en el Sistema de Gestión Judicial que deben considerarse para un mejor desempeño de su actividad.
Nuevo Portal: Se ha desarrollado un nuevo Portal del Profesional que unifica los accesos a las distintas funciones y despliega inicialmente a modo de Bandeja de Entradas las Notificaciones Electrónicas recibidas y las novedades en los Expedientes marcados como “Favoritos”. Luego, podrá acceder a las distintas funciones que corresponden a la gestión a través de los botones dispuestos a tal efecto.
Notificaciones Electrónicas: A partir de hoy todas las causas en trámite se encuentran incluidas en esta modalidad. Para ello si no lo hubiera hecho antes, deberá denunciar en el primer escrito que presente en el expediente la Identificación Electrónica Judicial, representada por su CUIL/CUIT. Se recuerda que puede incorporarse al sistema como domicilio electrónico exclusivamente el correspondiente al Letrado designado en la causa.
Copias Digitales: Se encuentra vigente conforme lo dispuesto por Acordada 11/2014. Se aplicará todos los actos procesales de los expedientes en trámite y las copias subidas por los letrados tendrán carácter de declaración jurada en cuanto su autenticidad. El ingresodeberá concretarse dentro de las 24hs de presentación del escrito en soporte papel y eximirá de presentar copias en papel. Su incumplimiento acarreará el apercibimiento que la norma que lo exige establece.
Presentaciones de MeroTrámite: Su ingreso web eximirá de presentar el original en papel. La oficina judicial deberá dejar constancia en el expediente. Para acceder a esta función deberá ingresar a la opción “Ingreso de Copia de Documentos” y luego seleccionar el botón “Nuevo”. Allí en “Tipo de Escrito” podrá elegir entre “Copia de Escrito” y “Escrito de Mero Trámite”.
Libro de Notas: El Libro de Asistencia en papel se reemplazará por un registro digital dentro del Sistema. Para su operación deberá acceder al Sistema de Consulta de Causas, ingresar su usuario y contraseña –Iniciar Sesión- y luego seleccionar el expediente deseado de la Lista. Si la causa no se encontrare en estado “En Letra” y el acceso no se realizará un día martes o viernes entre las 7:30 hs a 13:30 hs, el sistema NO desplegará el botón que permite registrar la Nota. Usted podrá verificar que la Nota se ha registrado correctamente accediendo en la Consulta a la causa en cuestión, pudiendo visualizar el registro realizado en la pantalla de actuaciones.

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