tag:blogger.com,1999:blog-8353668458314355778.post6031982470360130249..comments2024-03-27T09:57:14.843-03:00Comments on Auxiliares de la Justicia.NET: Cómo usar el Sistema de Notificaciones Electrónicasperfilhttp://www.blogger.com/profile/04652369236715763260noreply@blogger.comBlogger1125tag:blogger.com,1999:blog-8353668458314355778.post-43920217617995162842017-03-10T11:39:53.759-03:002017-03-10T11:39:53.759-03:00Buenos días.
El lunes 6/3 presenté un informe peri...Buenos días.<br />El lunes 6/3 presenté un informe pericial en el fuero comercial. LLevé 4 copias (una para cada parte, una para el juzgado y otra para mí) y sólo me recibieron 2, porque yo tendría que presentar en forma electrónica (cosa que hice) y se notificarían las partes de ese modo. Ayer veo por internet un escrito donde se me aplicaría el art. 120 del cpcc, es decir, se tendría por no presentado el informe si dentro de 2 días no presento las copias...¿¿¿¿¿¿?????? ¿A alguien le sucedió? ¿Qué se hace en este caso? Aclaro que constituí domicilio electrónico tanto por presentación de escrito en juzgado como informáticoAlejandra Sofía Sisrohttps://www.blogger.com/profile/16485671978215755323noreply@blogger.com