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Tutorial paso a paso para liquidar honorarios de Peritos en Fuero del Trabajo


A continuación compartimos un tutorial con el paso a paso para liquidar los honorarios de los Peritos Contadores.

Es un caso práctico tomando como ejemplo una regulación en el Fuero del Trabajo por una acción civil con motivo de un accidente.

La intención es conocer en uso de la herramienta del Consejo Profesional y comprender la aplicación de las distintas Actas de la Excma. Cámara de Apelaciones del Trabajo.




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Modelo de escrito para ceder honorarios


Una vez que los honorarios han sido regulados, es posible ceder los mismos a otra persona. 

La forma de hacerlo es mediante un escrito muy sencillo. No obstante, en la práctica los Juzgados suelen pedir requisitos adicionales a efectos de asegurarse que todo está en orden en cuestiones fiscales.

A modo de recomendación sugerimos solicitarlo antes de la confección del giro y que ambas partes exterioricen su situación impositiva. Es decir que cada parte presente constancia de inscripción en AFIP vigente a ese momento. 

La cesión de honorarios se encuentra contemplada en el Código Civil, precisamente el Art. 1434 que transcribimos a continuación:

Título IV - De la cesión de créditos - ARTICULO 1614.- Definición. Hay contrato de cesión cuando una de las partes transfiere a la otra un derecho. Se aplican a la cesión de derechos las reglas de la compraventa, de la permuta o de la donación, según que se haya realizado con la contraprestación de un precio en dinero, de la transmisión de la propiedad de un bien, o sin contraprestación, respectivamente, en tanto no estén modificadas por las de este Capítulo. 





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30 de noviembre de 2018: Feriado Judicial


Con motivo de la celebración de la Cumbre de Líderes del Grupo de los 20 (G20), mediante la Acordada de la CSJN 37/2018 se declara feriado judicial el día 30 de noviembre de 2018 para los Tribunales Nacionales y Federales con asiento en la Capital Federal.

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Una postura sobre la aplicación de la Nueva Ley de Honorarios 27.423


Mucha incertidumbre está generando la aplicación de la nueva y vigente Ley de Honorarios Profesionales de Abogados, Procuradores y Auxiliares de la Justicia Nacional y Federal, Nº 27.423.

A modo de aportar un poco de luz a esto, más allá de las observaciones que tuvo la ley, a continuación compartimos la parte de un proveído, en el que el Juez manifiesta su postura respecto de su aplicación en los distintos procesos judiciales en curso.

"Buenos Aires, 17 de abril de 2018.-

1. La oportunidad regulatoria sobreviene a la vigencia de la ley 27.423, la cual establece un nuevo régimen arancelario para abogados y procuradores.

Ahora bien, teniendo en cuenta el principio general del CCyCN: 7, en cuanto a la irretroactividad de las leyes, es que considero que las modificaciones introducidas por la nueva ley de honorarios no resultan de aplicación en la siguiente regulación (CNCom. “A”, 14.02.2018 “Agrelo Daniel c/ Federación Patronal Seguros S.A. s/ ordinario”).

Ello así, pues su trámite se desarrolló durante la vigencia de la ley 21.839.

Es que de aplicarse retroactivamente las disposiciones de la nueva normativa a los procesos en curso, podrían verse vulnerados derechos adquiridos.

En concordancia con ello se encuentra el criterio establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos “Francisco Costa c/ Provincia de Buenos Aires s/ daños y perjuicios” del 12.09.96, en cuanto a que los honorarios deben ser regulados de acuerdo a la ley vigente al momento de cumplirse los trabajos objeto de la regulación.

Conclúyese de lo expuesto que, a los fines de la fijación de los emolumentos de estas actuaciones, resultan de aplicación los parámetros arancelarios de la ley 21.839 (modificada por la ley 24.432), en tanto la mayoría de las etapas del presente proceso fueron desarrolladas bajo su vigencia.-"

Infoleg: texto ordenado Ley 27.423

Importante: Actualización 04/05/2018.
La CSJN, mediante Acordada 13/2018 estableció que el valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) equivale a la suma de $540 hasta el 31/12/2017, $567 a partir del 01/01/2018 y $624 a partir del 01/04/2018.

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