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Plazos procesales para la aceptación del cargo


Conforme lo establecido en el Art. 469 CPCC, el Perito aceptará el cargo ante el oficial primero, dentro del tercer día de notificada su designación, contados a partir del día hábil siguiente a la misma.

Para ello, es necesario dirigirse al domicilio del Juzgado que se indica en la parte superior de la cédula de notificación, se solicita el expediente y el personal del Juzgado procederá a hacerle firmar la aceptación del cargo en hoja aparte destinada a tal fin o con sello de aceptación del cargo al dorso del proveído si el expediente se encuentra en letra ( a disposición).

Así, se completan los datos necesario relativos a datos personales, profesionales y de contacto, se firma al pie y se corrobora con la exhibición de la credencial profesional o documento de identidad.

A los fines de contar los días para la aceptación del cargo, se tendrán en cuenta los días hábiles. A modo de ejemplo, si se es notificado con fecha 30 de diciembre, considerando que el 31 de diciembre suele considerarse inhábil, habrá tiempo de aceptar el cargo dentro de los primeros tres días hábiles de febrero. Esto, con motivo de la feria judicial durante todo el mes de enero.


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