La misma, hace saber también a las Cámaras Federales de Apelaciones, que con arreglo a lo previsto en la Acordada Nº 30/84, respecto de la coincidencia de la feria en ella establecida con las vacaciones escolares deberán determinar para sus respectivas jurisdicciones, un feriado judicial de diez (10) días hábiles.
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