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La CSJN extiende la fecha para la inscripción de auxiliares de la justicia 2017


Con motivo de la caída del sitio web del Poder Judicial de la Nación esta última semana, momento en que se llevaron a cabo las inscripciones de todos los auxiliares de justicia de todas las profesiones y especialidades, la Corte Suprema de Justicia de la Nación extendió la fecha para finalizar el trámite hasta el 08/11/2016.

Últimas Novedades

Inscripción/Reinscripción de Auxiliares de la Justicia para el año 2017
Se realizó una extensión de la Inscripción/Reinscripción de Auxiliares de la Justicia para el año 2017, hasta el 08/11/2016.
Fecha publicación: 01/11/2016


Resolución CSJN 3179/16


Buenos Aires, 1 de noviembre de 2016.

Vistos los expedientes 6361/2016 y 6392/2016 caratulados "Coleqio Público de Aboqados de la
Capital Federal Comunicación Feriado Judicial Año 2016", "Prórroqa Plazo Acordada 2/14 si Inscripción de Peritos SUAPM" respectivamente, y

CONSIDERANDO:

I. Que mediante resolución 3019/2016 esta Corte dispuso declarar inhábiles los días 24 y 25 de octubre de 2016 para los distintos tribunales del Poder Judicial de la Nación, en razón de los inconvenientes técnicos registrados en la provisión de la Red de Internet.
II. Que, con posterioridad, se siguieron recibiendo presentaciones de diferentes Cámaras Nacionales Federales del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal haciendo saber que la mencionada
situación se mantuvo durante los días 26 y 27 de octubre.
III. Que, por otro lado, raíz de los problemas técnicos que impidieron el correcto funcionamiento del Sistema Único de Administración de Peri tos Martilleros (SUAMP), el Subdirector General cargo de la Dirección General Pericial solicitó la prórroga del plazo previsto en el artículo l° del anexo de la acordada n° 2/14.
IV. Que toda vez que los inconvenientes técnicos en la provisión de la Red de Internet -que han ocasionado complicaciones de acceso los servicios web del portal del Poder Judicial de la Nación-, continuaron durante los días 26, 27 28 de octubre, lo que ha impedido garantizar que los usuarios puedan acceder de manera normal -conf. fs. 13 15 del expte 6108/2016- puesto que la conectividad internet resulta esencial para el normal funcionamiento del servicio de justicia,

SE RESUELVE:

l. Extender la declaración de inhabilidad dispuesta por resolución 3019/16 los días 26, 27 Y 28 de octubre de 2016, ello sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos.
2. Considerar que la declaración de inhabilidad dispuesta entre los días 24 28 del mes de octubre abarca la totalidad de los tribunales, sus dependencias, que integran el Poder Judicial de la Nación.
3. Prorrogar hasta el de noviembre del corriente el plazo de inscripción previsto en el artículo 10 del anexo de la acordada N° 2/14.
4. Comunicar la prórroga dispuesta en el punto anterior las cámaras nacionales federales; al Consejo Profesional de Ciencias Económicas; la Junta Central de los Consejos Profesionales de Agrimensura,
Arquitectura Ingeniería; al Colegio de Calígrafos Públicos de la Ciudad de Buenos Aires; al Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires; al Colegio Oficial de Farmacéuticos Bioquímicos de la Capital Federal; la Asociación Médica Argentina y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires; publicarla en la página web del Tribunal.
Regístrese, hágase saber y, oportunamente, archívese.

Fuente: Página del PJN

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Se unifica el domicilio electrónico para todas las causas en las que intervenimos



Compartimos a continuación una novedad - ya anticipada por el Dr. Domingo Aiello en la última RCyT-, respecto de la unificación del domicilio electrónico para todas las causas en las que intervenimos como auxiliares de la justicia conforme lo establece la Res. 2028/2015 de la C.S.J.N. de fecha 14/07/2015.



Tener presente que esto tendrá como fecha límite el 1 de septiembre 2015. A partir de entonces deberemos nuevamente denunciar el domicilio en cada nueva designación que se realice a partir de esa misma fecha.





14-07-2015


2028


Implementación del Sistema de Notificaciones Electrónicas - La registración en el sistema de domicilio electrónico que realice el letrado o auxiliar de justicia tendrá efecto, por única vez, en la totalidad de los expedientes en los que se encuentre interviniendo al 1° de septiembre de 2015. El sistema automáticamente lo habilitará para que se libre notificaciones electrónicas sin la necesidad de su validación en cada expediente. Los expedientes que se inicien a partir del 1° de septiembre de 2015, continúa la obligación de constituir domicilio electrónico en cada causa.-



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Texto ordenado de todas las normas en materia de nuevas tecnologías en procesos judiciales


Con fecha 19/2/2015 la CSJN dictó la Acordada N° 3/2015, ordenatoria de todas las normas dictadas a la fecha, respecto de la utilización de las nuevas tecnologías en los procesos judiciales (notificación electrónica, carga de documentación etc.). A continuación transcribiremos el texto completo.


En Buenos Aires, a los 19 días del mes de febrero del año 2015, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente,
CONSIDERARON:

1) Que dentro del proceso de cambio y modernización en la prestación del servicio de justicia y en el marco del Plan de Fortalecimiento Institucional que el Poder Judicial de la Nación viene desarrollando, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en uso de las facultades que le otorga la Constitución Nacional y en razón de la sanción de las leyes número" 26.685 y 26.856, ha dictado las siguientes acordadas: 31/2011, 3/2012, 8/2012, 29/2012, 14/2013,15/2013, 24/2013, 35/2013, 36/2013, 38/2013, 43/2013, 2/2014, 6/2014 Y 11/2014; Y la resolución 2998/2014, por medio de las cuales se ha procedido a reglamentar distintos aspectos vinculados al uso de tecnologías electrónicas y digitales y su gradual implementación en el ámbito del Poder Judicial de la Nación, a partir de la puesta en marcha del Sistema de Gestión
Judicial, Lex 100.

2) Que el Tribunal considera conveniente establecer pautas ordenatorias de los nuevos sistemas que se encuentran en funcionamiento con el objetivo de facilitar un adecuado y actualizado uso, que permita alcanzar los propósitos perseguidos con las reformas introducidas y el correcto tratamiento de todos los operadores judiciales, según sus diversos roles.

3) Que con el fin de unificar los criterios administrativos y organizativos de las oficinas judiciales se debe propender a la estandarización de carátulas, cédulas, formularios, mandamientos, edictos, oficios, ingreso de causas web, elevaciones a juicio y certificados de elevación, entre otros.

4) Que acorde con la política emprendida por este Tribunal en materia de publicidad y transparencia (conf. Acordadas 15/2013 y 24/2013), se ha dispuesto por Acordada 14/2013 la obligatoriedad del uso del sistema de gestión Lex lOO, cuyo empleo permite a los usuarios consultar todos los datos y actividades producidos en el trámite de los procesos judiciales. Asimismo se estima conveniente la enunciación de contenidos de carga de datos mínimos -Anexo 1-; bajo la responsabilidad de los magistrados y funcionarios ya establecida por los códigos procesales civil y penal y por la legislación y los reglamentos en vigencia.

5) Que todos los operadores judiciales que se encuentren obligados o autorizados a utilizar el sistema deberán denunciar su Identificación Electrónica Judicial (lEJ), entendiéndose por tal su cuil/cuit, a fin de facultar su gestión en las causas que les correspondan. Ésto los habilitará para utilizar los servicios de notificaciones electrónicas, ingreso de copias digitales, consulta web y los que a futuro se habiliten.

6) Que el ingreso de copias digitales -Acordada 11/2014-, se aplicará a todos los expedientes en trámite, así como también a todo expediente cuyo trámite se reabra o inicie y respecto de todos los actos procesales, e importará una declaración jurada en cuanto a su autenticidad en relación a los letrados que' las presenten; sin perjuicio de la exención del art. 121 del CPCCN.

7) Que con la obligatoriedad de acompañar copias digitales fidedignas de los escritos y documentos en soporte papel, los letrados quedarán exentos de la obligación de acompañar copias en todos los supuestos en los que la legislación de que se trate imponga tal deber. Y, para el caso en que la parte solicite notificarse personalmente, las copias respectivas estarán disponibles en la Consulta Web de Causas del Poder Judicial de la Nación; cuyo acceso respecto de cada expediente es responsabilidad de los letrados intervinientes.

Plazo para el registro en el Sistema de Notificaciones electronicas


La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó la Acordada Nº 7/2014, mediante la cual postergó hasta el 19 de mayo la implementación del Sistema de Notificaciones Electrónicas en los Juzgados de Primera Instancia Nacionales y Federales conforme lo dispuesto por la Acordada CSJN Nº 38/2013. 

Asimismo, dispuso que desde el 19 de mayo, respecto de todas las causas que se hubieren promovido a partir del 1º de abril del corriente año en todos los Juzgados Nacionales y Federales, los profesionales que intervengan en el carácter de auxiliares de la justicia conforme lo dispuesto por el art. 5º de la Acordada CSJN Nº 2/2014, tendrán la obligación de constituir domicilio electrónico conforme lo dispuesto por las Acordadas CSJN Nros. 31/2011 y 38/2013.


Fuente: CSJN
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